LOS ESTADOS NUCLEARES AL MARGEN DEL TRATADO DE NO PROLIFERACIÓN NUCLEAR EN 2013

El Boletín de los Científicos Atómicos (http://bos.sagepub.com/) nos sorprende continuamente con la publicación de trabajos de altísimo nivel académico y también técnico. En esta ocasión debemos comentar el excelente ensayo de Timothy McDonnell dedicado al estatuto de los Estados dotados de armas nucleares al margen del Tratado de No Proliferación Nuclear (NPT por sus siglas en inglés), o Estados nucleares armados, que lleva por título “Nuclear pursuits: Non-P-5 nuclear-armes States, 2013”.
El autor, asociado al Programa de Historia y Políticas Públicas y al Proyecto de Historia de la Proliferación Nuclear Internacional del Wilson Center, examina el desarrollo y estado actual de los arsenales nucleares de los Estados nucleares armados: Israel, India, Sudáfrica, Pakistán y Corea del Norte. La primera parte del ensayo está dedicada a analizar las diferencias de los arsenales de estos Estados con el de las grandes potencias nucleares, y el primer dato que impacta es la desproporción en el tamaño de los arsenales: de las 19.000 armas nucleares que existen actualmente en el mundo, solo unas 420 están en poder de los Estados nucleares armados, y de estas aproximadamente unas 400 corresponden a Israel (200), India y Pakistán (unas 100 ojivas cada uno). A su vez,  Israel, India Pakistán y, precariamente, Corea del Norte disponen de cohetes con capacidad de portar ojivas nucleares, y solo la India desarrolla un programa de submarinos nucleares con capacidad de lanzamiento de cohetes balísticos (Programa Arihant/K-15). En todos los casos, no existe posibilidad de comparación entre las capacidades técnicas, tecnológicas e industriales entre las potencias nucleares legales (las del NPT) y los Estados nucleares armados. A continuación realiza una exposición por Estados de los respectivos programas nucleares, desde el opaco programa de nuclearización de Israel, el caso único del desarme nuclear unilateral de Sudáfrica y la competencia nuclear de India y Pakistán, hasta las veleidades nucleares del régimen alocado de Corea del Norte, cuya prueba nuclear más reciente se realizó el paso día 12 de febrero de 2013, referencia que no incluye el ensayo por razones obvias (en las pp. 64-65 incluye un cuadro comparativo con información básica sobre dichos programas nucleares). Finalmente, el trabajo se completa con unas breves pero muy cuidadas referencias bibliográficas, particularmente interesantes para los casos de Israel y Sudáfrica.
Referencia bibliográfica: “Nuclear pursuits: Non-P-5 nuclear-armes States, 2013”, Bulletin of the Atomics Scientists núm. 1, 2013, pp. 62-70, disponible en http://bos.sagepub.com/content/69/1/62.full
Llama la atención que a lo largo del ensayo no hay una sola referencia a la existencia de un programa nuclear iraní y, de hecho, hay una sola referencia a Irán, en concreto en la p. 67, cuando el autor enfatiza que la política de opacidad nuclear israleí "contribuye a la incertidumbre sobre como, en todo caso, Israel puede cambiar su postura nuclear -o el tamaño de su arsenal- como respuesta a acontecimientos en curso en Irán". Sobre esta cuestión, recomendamos el polémico ensayo de Kenneth Waltz: "Why Iran Should get the Bomb", Foreign Affairs julio/agosto 2012, texto completo disponible en http://sistemas.mre.gov.br/kitweb/datafiles/IRBr/pt-br/file/CAD/LXII%20CAD/Pol%C3%ADtica/Why%20Iran%20Should%20Get%20the%20Bomb.pdf

For You, that you do not leave me when the tears devastate my face.

"LOS EFECTOS DEL DERECHO A DECIDIR"

La profesora Araceli Mangas Martín, Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid, firma uno de sus más brillantes artículos en el diario El Mundo (Madrid) “Los efectos del derecho a decidir” el día 20 de febrero de 2013, donde expone las consecuencias constitucionales y legales de la independencia de un territorio de un Estado miembro de la Unión Europea, con referencias comparadas al proceso que se sigue en Escocia y a las disparatadas pretensiones del gobierno catalán.
Texto disponible en: http://www.caffereggio.es/2013/02/20/los-efectos-del-derecho-a-decidir-de-araceli-mangas-en-el-mundo/

MIENTRAS LOS JAPONESES CONTINUAN A LO SUYO…

Al hilo de la crisis casi permanente entre los vecinos del nordeste asiático, singularmente, las dos Coreas (véase NUEVAS AMENAZAS JAPONESAS, diciembre de 2012, en http://ullderechointernacional.blogspot.com.es/2012/12/nuevas-amenazas-japonesas.html), China y Japón, con sus relaciones mediatizadas por la presencia de dos grandes potencias tradicionales como son los Estados Unidos y Rusia, que consideran la región como una de sus áreas de influencia natural, Japón continúa incrementando sus capacidades de reconocimiento y alerta estratégica. Así, el pasado 27 de enero la Agencia Espacial japonesa realizó el lanzamiento desde la base de Tanegashima de un cohete H-2A 202 que colocó en órbita dos satélites de vigilancia, uno óptico y otro radar.
Fuentes japonesas han informado que los satélites puestos en órbita con el IGS 5V, una tercera generación de satélites de reconocimiento óptico con una resolución de 40 cm, y el IGS-4, satélite de seguimiento radar de segunda generación con una resolución inferior a un metro y similar al IGS-3 lanzado en diciembre de 2011. Con estos nuevos equipos, las Fuerzas de Autodefensa Japonesas tienen en el espacio dos satélites de vigilancia radárica y cuatro ópticos, lo que les permitirá mantener bajo sus sistemas de reconocimiento cualquier punto sobre el planeta al menos una vez al día, aunque el sistema se seguirá expandiendo en los próximos años según prevé la política de defensa nacional –que será revisa próximamente-. Estos satélites son operados desde el Centro de Información de Satélites nacional.

La creación de este sistema de vigilancia espacial con un coste de unos 10.000 millones de dólares se inició en 2003 como consecuencia de los lanzamientos de misiles de largo alcance de Corea del Norte, aunque no hay de obviar las posibilidades de seguimiento de las actividades espaciales de China.  
Pues bien la teoría del equilibrio de poder nos dice que el contrapeso ideal en el Pacífico es un poder japonés fuerte militarmente, con evidentes intereses estratégicos y económicos en el área, aliado incondicional de la gran potencia global, los Estados Unidos, y que puede dotarse de medios tecnológicamente avanzado en un plazo muy corto. La cuestión es que las otras potencias le dejen o lo haga de forma secreta o semisecreta. Pero parece evidente que un Japón poderoso no puede dejarse intimidar por los coreanos, su antigua colonia, y menos aún por China, a quien estuvieron a punto de someter enteramente en los años treinta. Entonces, el equilibrio de la zona es perfecto, y ya se ocupará China de que no llegue demasiado lejos; y Rusia también hará lo mismo cuando considere que sus intereses vitales en el Pacífico norte se encuentren en juego.

ENCUENTRO EN MEDIO DEL PACÍFICO...

Aviones de combate F-15 de la USAF despegaron el 12 de febrero desde la base aérea de Andersen, en la isla Guam, donde desarrollaban los ejercicios Guahan Shield 2013, para interceptar a una pareja de bombarderos Tu-95S de la Aviación de Largo Alcance de Rusia que desarrollaban una misión de entrenamiento de combate cerca de ese territorio americano. Tras ser interceptados por los cazas americanos, los bombarderos giraron en dirección norte en pleno océano Pacífico. En la base aérea de Guam se encuentran destacados de forma permanente bombarderos estratégicos B-2 y una unidad de aviones no tripulados Global Hawk, y en la base naval homónima tres submarinos nucleares de ataque. Guam ha adquirido una importancia fundamental con la nueva estrategia denominada "Concepto de Batalla Aeronaval" que están implementando los Estados Unidos en el Pacífico para contrarrestar las aspiraciones marítimas de China. En palabras del Secretario de Defensa, León Panetta, en mayo de 2012 en la Conferencia de Seguridad en Singapur: “Que nadie cometa el error, los Estados Unidos reequilibran y aumentan su capacidad militar en esta región vital de forma firme, deliberada y sostenible. […] El principal objetivo es la proyección de nuestra fuerza en el Pacífico”. Esta estrategia implica reforzar las alianzas de seguridad con Japón, Corea del Sur, pero también con Australia, Nueva Zelanda, Singapur, Thailanda y Filipinas, la presencia permanente de seis grupos de combate de portaviones y el despliegue del sesenta por ciento de los buques de la US Navy en la región. Por ello, según fuentes americanas este incidente ha causado sorpresa porque la Aviación rusa de Largo Alcance no ha desarrollado misiones de este tipo en el Pacífico sur a miles de millas de sus bases en el Extremo Oriente ruso. Sin embargo, desde el lado ruso responde a las directrices del Presidente Putin emitidas en agosto de 2007 de retomar de forma permanente las patrullas estratégicas en todos los océanos del planeta, y el océano Pacífico es un área fundamental para los intereses nacionales de Rusia. Así lo dejó meridianamente claro con ocasión de la preparación de la reunión de la APEC en Vladivostok el 8-9 septiembre de 2012: “histórica y geográficamente, Rusia es parte inalienable del Asia Pacífico” (“Putin resalta la importancia del Asia Pacífico para la futura prosperidad de Rusia”, Ria-Novosti, 5 de septiembre de 2012, en http://sp.ria.ru/international/20120905/154940662.html).

NUEVA PRUEBA NUCLEAR DE COREA DEL NORTE

Corea del Norte ha realizado el 12 de febrero la tercera detonación nuclear subterránea de un artefacto compacto de gran potencia (de 6 a 7 kilotones) en una de sus instalaciones militares de Punggye-ri, noreste del país. La agencia de noticias nacional KCNA informó que “la prueba nuclear se realizó como parte de las medidas para defender nuestra seguridad nacional y soberanía frente a la disparatada hostilidad de Estados Unidos que violó el derecho de nuestra república a lanzar un satélite con fines pacíficos”. Según diversas fuentes, Corea del Norte informó a los gobiernos de los Estados Unidos, Rusia (declaraciones del portavoz del MAE de Rusia Alexander Lukashévich) y de China veinticuatro horas antes de realizar la prueba. Inmediatamente, el Secretario General de la ONU condenó la actuación norcoreana que supone una violación de las Resoluciones 1718 y 1874 del Consejo de Seguridad en esta materia. Al mismo tiempo, el gobierno de Seúl pidió una reunión urgente del Consejo de Seguridad, mientras el gobierno de Tokio anunció que impondrá nuevas sanciones económicas a Corea del Norte. Tanto la UE como la Alianza Atlántica emitieron sendos comunicados en los que califican las acciones de Corea del Norte como una amenaza para la seguridad internacional. Ante las condenas del gobierno americano, que ha anunciado que dará “los pasos necesarios para defenderse a sí mismo y a sus aliados” (declaración presidencial en http://www.whitehouse.gov/the-press-office/2013/02/12/statement-president-north-korean-announcement-nuclear-test), y del gobierno ruso (referencias en http://sp.rian.ru/international/20130212/156380595.html), el gobierno norcoreano respondió en su línea amenazando con nuevas pruebas nucleares y una auténtica hecatombe en caso de agresión de las grandes potencias. Finalmente, el Consejo de Seguridad, reunido de urgencia, ha rechazado la realización de la prueba nuclear y ha anunciado que adoptará nuevas medidas contra estas actuaciones que ponen en peligro la paz y la seguridad internacionales (referencias en http://www.abc.es/internacional/20130212/abci-china-opone-firmemente-ensayos-201302121007.html).

ALEMANIA, SOCIO Y ALIADO

 
El Presidente del Gobierno español, Mariano Rajo, y la Canciller Merkel, Cumbre bilateral de Berlín, 4 de febrero de 2013.

El pasado 4 de febrero se celebró la primera cumbre conjunta hispano-alemana desde que el Presidente Rajoy está al frente del gobierno de España, en esta ocasión en Berlín, aunque antes se había escenificado un encuentro con empresarios alemanes y españoles en La Moncloa en septiembre de 2012, comprometido por la Canciller Merkel en el Consejo Atlántico de Chicago de mayo de 2012.
Alemania es el segundo socio comercial de España, después de Francia, pero a muy poca distancia y muy probablemente la supere en breve. La economía alemana es la cuarta más grande del mundo por PIB: 2.570.000 millones de euros en 2011, y ha sido hasta 2008 la primera economía exportadora del mundo, actualmente superada por China (1.337.000 millones frente a 1.506.000 millones de dólares según los datos del documento CIA World Factbook), pero continúa como líder mundial en maquinaria, vehículos productos químicos y aparatos y materiales eléctricos elaborados a partir de una mano de obra altamente cualificada. Las exportaciones alemanas totales subieron en 2011 un 11,65%, mientras que las importaciones aumentaron en mayor medida hasta un 12,54%. Las exportaciones a los países de la UE se ralentizaron en el mismo año reduciendo el saldo positivo de la balanza comercial un 9,88% con respecto al año anterior. Por descontado, Alemania es la economía europea más importante, con una tasa de crecimiento en 2011 del 3,0%, frente al 3,7% de 2010, la tasa más alta registrada desde la reunificación. Sin embargo, en 2012 se ha producido una ralentización del crecimiento del PIB del 0,7% debido a la caída del comercio exterior, de la demanda en la industria manufacturera y del consumo privado, datos que coinciden con las estimaciones del Instituto Alemán de Economía (DIW) que consideraba que la economía alemana seguirá creciendo en 2012 y 2013 alrededor de un 0,6% y un 1,5% respectivamente. También el déficit público ha mejorado sustancialmente, desde un 0,8% en 2011 a conseguir un superávit del 0,1%  en 2012 con más de 2.000 millones de euros. Por su parte, España es el décimosegundo cliente de Alemania y el décimocuarto proveedor. En 2010 y 2011 se vio una recuperación de los intercambios económicos bilaterales: las exportaciones españolas aumentaron en 2011 en 11,48% hasta los 21.823 millones de euros y las importaciones un 9,11% hasta los 30,740 millones de euro, lo que supone un saldo negativo de 8.916 millones de euro, por cuarto año consecutivo.
Pero esto ha sido una constante histórica en las relaciones hispano-alemanas, carentes de tensiones políticas por ambos lados. Los lazos políticos entre los dos Estados son de los más sólidos entre los miembros de la UE, consecuencia del apoyo mutuo en momentos decisivos para cada país. En el caso de España en los años finales del franquismo y en la transición con el apoyo incondicional de Alemania a las reformas internas; en el caso de Alemania, el apoyo político indubitado del gobierno de Felipe González a la unificación alemana, reconocido por el propio canciller Kohl como uno de los países decisivos que facilitaron la reunificación.
Si bien continuamente se destacan las relaciones comerciales y el apoyo político mutuo, pero casi nadie habla del estatuto de seguridad que une a ambos países a través de dos tratados de seguridad fundamentales, que configuran una alianza militar clásica que impone a ambos miembros la obligación de responder de forma incondicional, automática y con todos los medios a su alcance en caso de agresión contra el otro por parte de un tercero. Estos son el art. 5 del Tratado de Washington de 1949 en el marco de la Alianza Atlántica:
 
“Las Partes convienen en que un ataque armado contra una o varias de ellas, ocurrido en Europa o en América del Norte, será considerado como un ataque dirigido contra todas, y, en consecuencia, convienen en que si tal ataque se produce, cada una de ellas, en el ejercicio del derecho de legítima defensa, individual o colectiva, reconocido por el artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas, asistirá a la Parte o Partes atacadas tomando individualmente, y de acuerdo con las otras, las medidas que juzgue necesarias, comprendido el empleo de las fuerzas armadas para restablecer la seguridad en la región del Atlántico Norte.
Todo ataque armado de esta naturaleza y todas las medidas tomadas en consecuencia, serán puestos inmediatamente en conocimiento del Consejo de Seguridad. Estas medidas acabarán cuando el Consejo de Seguridad haya tomado las necesarias para restablecer y mantener la paz y la seguridad internacionales.”
 
Y el art. 42.7 del Tratado de la UE:
 
“Si un Estado miembro es objeto de una agresión armada en su territorio, los demás Estados miembros le deberán ayuda y asistencia con todos los medios a su alcance, de conformidad con el artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas. Ello se entiende sin perjuicio del carácter específico de la política de seguridad y defensa de determinados Estados miembros.
Los compromisos y la cooperación en este ámbito seguirán ajustándose a los compromisos adquiridos en el marco de la Organización del Tratado del Atlántico Norte, que seguirá siendo, para los Estados miembros que forman parte de la misma, el fundamento de su defensa colectiva y el organismo de ejecución de ésta.”
 
Por tanto, España y Alemania son miembros de la UE con unas relaciones comerciales intensas, son miembros del núcleo duro del sistema europeo de integración que es la Eurozona donde se deciden las reglas de sistema que imponen a los demás. Pero, además, están ligadas por lazos de seguridad estrechísimos, unos que datan del inicio de la posguerra fría, como es el Tratado de Washington de 1949 (y aquí podríamos incluir también el art. 51 de la Carta), y otro es el art. 42.7 del Tratado de la UE adoptado en Lisboa y que entró en vigor en diciembre de 2009 (materias que hemos tratado extensamente en las entradas Análisis jurídico-político del art. 42.7 del Tratado de la UE, http://ullderechointernacional.blogspot.com.es/2010/02/analisis-juridico-politico-del-art-427.html, y El nuevo sistema europeo de seguridad colectiva del Tratado de Lisboa, http://ullderechointernacional.blogspot.com.es/2010/02/el-nuevo-sistema-europea-seguridad.html). Por mor de estos acuerdos defensivos, ambos Estados constituyen y forman parte de una alianza de seguridad, sin parangón a lo largo de la historia, y lo más llamativo en el caso de la UE es que el sostenedor de estos grandes acuerdos es precisamente la potencia que cada vez va a menos como es Francia, esto es así en el continente europeo, donde ante el acuerdo estratégico de facto de Rusia y Alemania ninguno ningún otro poder tiene nada que oponer. Esta tesis contradice a los que sostienen que Alemania no está preparada ni puede ejercer como gran potencia del sistema europeo de seguridad (véase a Jochen Thies: “El euro y Europa: una visión alemana” en Política Exterior número monográfico En defensa del euro, diciembre de 2012, pp. 50-57). Por lo que se plantean las siguientes cuestiones: ¿efectivamente existe una gran potencia hegemónica europea? O por el contrario, ¿estamos ante una aplicación virtuosa del equilibrio del poder y una coalición de potencias medias se ha unido en el art. 42.7 del Tratado de la UE para establecer una barrera frente a las ambiciones de otras grandes potencias: EEUU, Rusia, China? Ahora bien, en la coalición de los medianos es necesario, siempre lo ha sido, que exista un hegemónico, que aglutine y forme el armazón estructural del poder coaligado y ¿quién lo va a ser en defecto o a pesar de Francia e Inglaterra? Solo puede serlo Alemania.