LA APLICACIÓN CONSTITUCIONAL PREFERENTE DEL DERECHO INTERNACIONAL


Este ensayo, en coautoría con el Dr. Eladio Arroyo Lara, Catedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la ULL, tiene como finalidad principal exponer la tesis de la aplicación constitucional preferente del Derecho internacional respecto al Derecho interno, acudiendo a una interpretación metódica y sistemática de la Constitución Española de 1978. Pero esta cualificación no es privativa del ordenamiento constitucional español. Sistemas como el alemán anterior a la reunificación, tanto el de la República Federal como el de la República Democrática, imponían la equivalencia del Derecho internacional general respecto a los ordenamientos internos y, en su caso, la prevalencia del Derecho internacional convencional. Es pertinente citar, aunque pertenezca a un conjunto jurídico distinto, el caso del Common Law inglés y con eso queremos señalar que la Constitución Española no es un supuesto aislado y extraño entre espacios jurídicos homogéneos, sino que sigue una tradición común a casi todos los sistemas jurídicos actuales.
Este ensayo ha sido aceptado para su publicación el 20 de mayo de 2009.

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