ARSENALES NUCLEARES DE LAS GRANDES POTENCIAS EN 2026

Desde su creación, el blog tiene como temática fundamental el estudio y análisis de las capacidades nucleares de las grandes potencias, como parte de mi línea de investigación principal sobre teoría del conflicto y la guerra nuclear. Son temas que durante bastante tiempo estuvieron al margen de las principales corrientes de investigación académica, básicamente porque se consideró que las armas nucleares habían perdido su valor en el pensamiento político-estratégico o que, incluso, que se podían considerar desahuciadas como instrumento de poder en las relaciones internacionales en un mundo entendido primero como interdependiente, luego globalizado y, como no, hegemónico (es conveniente recordar las diatribas de Fukuyama, Krauthammer o Albright sobre el poder unipolar). Sin embargo, las grandes potencias continuaron asentando su poder e influencia en las armas nucleares, desde la recién erigida potencia hegemónica estadounidense de un sistema unipolar que duró escasamente un suspiro, hasta la desahuciada Rusia, que no lo fue gracias y precisamente a su gigantesco arsenal nuclear, así como el competidor emergente chino, que paso a paso se convirtió en la segunda economía del mundo (o la primera según se mida) y ya en la tercera potencia nuclear mundial, superando a Francia o Gran Bretaña. Todo este proceso de crecimiento y cambio lo hemos ido anotando en este blog a lo largo de los últimos dieciséis años, en los que mientras unos perdían su poder por su propia ineptitud (Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña), otros avanzaban amparados en planes a largo plazo y paciencia estratégica (Rusia y China esencialmente, pero no son los únicos). Como hemos dicho en varias ocasiones, fue el fracaso de la disuasión lo que llevó a que los dirigentes del Kremlin rompieran las reglas del juego aceptadas desde 1992 y decidieran invadir Ucrania en febrero de 2022, porque sabían que los Estados Unidos ya no podían aplicar su poder, no militar, sino de persuasión, para impedir que una Rusia recuperada cumpliera sus designios. Por ende, la OTAN se basaba en la premisa de la supremacía militar estadounidense, pero eso ya no existe. Que Rusia consiga ganar esta guerra o no es otra cuestión y eso solo lo determinará la historia, pero fue la correcta identificación de la debilidad relativa estadounidense la que les hizo dar tal paso. Pero el 24 de febrero de 2022 los dirigentes rusos no dieron un salto en el vacío, sino que su operación militar contra Ucrania se apoyó en su propio poderío nuclear. Para los escépticos o los ingenuos baste recordar la ejecución del ejercicio GROM-21 de guerra nuclear global cinco días antes del lanzamiento de las fuerzas rusas contra Ucrania -véase la entrada EL DÍA DEL TRUENO: GROM-21, EJERCICIO DE GUERRA NUCLEAR GLOBAL, de febrero de 2022-. Las capacidades nucleares puestas sobre la mesa en ese ejercicio eran una clara advertencia de las consecuencias que tendría interponerse en su camino, como así declaró el mismo presidente Vladimir Putin en un sombrío discurso en la madrugada del día de la invasión -véase la entrada LAS ADVERTENCIAS SOBRE DISUASIÓN ESTRATÉGICA DE RUSIA CON OCASIÓN DE LA INVASIÓN DE UCRANIA, de febrero de 2022-. Como sabemos, estas amenazas se han ido repitiendo cuando han percibido que Estados Unidos y sus adláteres trataban de traspasar la línea roja fundamental determinada por el Kremlin en el conflicto de Ucrania: la no intervención directa de países externos -véase nuestro ensayo «PODERÍO MILITAR DE RUSIA: NUEVOS PLANTEAMIENTOS SOBRE CAPACIDADES Y DOCTRINA DE EMPLEO», de mayo de 2025-. Después de cuatro años y medio de guerra esa regla ha sido respetada y, a pesar de todos los apoyos recibidos por parte de Ucrania, se ven solos para enfrentarse militarmente con Rusia -de ahí la frase atribuida al ministro de Asuntos Exteriores ruso, Serguéi Lavrov de que la guerra durará hasta el último ucraniano-. La alternativa es terrible: enfrentar un conflicto directo con la mayor potencia nuclear del mundo, arriesgarse a una escalada y en lo más alto a un intercambio nuclear, donde los grandes damnificados serían sin ningún género de dudas los europeos. Se deben recordar los resultados de distintos juegos de guerra de la OTAN con empleo de armas nucleares en un hipotético conflicto en Europa. Para los europeos, el empleo de doscientas o trescientas armas nucleares aniquilaría cualquier estructura sociopolítica imperante y después solo quedaría el caos. Pero rusos y estadounidenses todavía seguirían contando con miles de ojivas para continuar amenazándose y también para alcanzar un acuerdo, porque esa es una cualidad de las grandes potencias: pueden acordar entre ellas sin pedir permiso a los demás -los ejemplos históricos son abundantes, pero baste recordar por un lado la conferencia de Munich de 1938 que entregó Checoslovaquia a Hitler o los acuerdos de Yalta y Poznan en 1945 que entregaron Polonia a los soviéticos-. Como decía mi recordado maestro, el profesor Dr. Eladio Arroyo Lara: la historia es una gran aleccionadora. La destrucción de las reglas que establecieron el régimen de estabilidad estratégica desde el final de la Guerra Fría alcanzó su cénit el 5 de febrero de 2026 con la extinción del último tratado de control de armas, el Tratado de Limitación de Armas Estratégicas firmado en Praga el 8 de abril de 2010 entre los Estados Unidos y Rusia. Quince años después de su entrada en vigor finalizó porque a ninguna de las dos partes le importó demasiado conservarlo, simplemente porque estimaron que no estaba en su interés nacional -véase nuestro artículo titulado «EL FIN DEL TRATADO NUEVO START: CONTROL DE ARMAS NUCLEARES EN UN RÉGIMEN IMPLÍCITO», marzo de 2026-. A ellos se suma la China comunista, cuyo poder económico creció exponencialmente al calor de la globalización auspiciada por los Estados Unidos durante treinta años (1993-2022), pero que en materia de armamentos no se ha sometido a reglas generales simplemente porque su rezago era enorme. Pero, ahora los dirigentes de estas tres grandes potencias son conscientes de que se acerca un enfrentamiento y que tienen que tener las manos libres para tomar decisiones, que pueden ser sanas (alcanzar acuerdos) o insanas (avanzar hacia el choque). Entonces, ¿cuál es el poderío nuclear que atesoran en 2026? Para ello nos vamos a apoyar en los datos del Nuclear Notebook elaborado por Hans Kristensen y su equipo que publica regularmente el Boletín de los Científicos Atómicos, así como en los datos del SIPRI de Estocolmo, pero aplicando los cambios que estimamos adecuados conforme a las informaciones disponibles. En primer lugar, Rusia cuenta con un arsenal de 5.416 ojivas nucleares (39 menos que en 2025), de las que 2.606 están asignadas a la triada estratégica (Fuerza de Misiles Estratégicos, Marina y Aviación de Largo Alcance) y 1.790 de la triada táctica (Fuerzas Terrestres, Marina y Fuerzas Aeroespaciales). Debemos recordar que las ojivas tácticas, así como las que están en proceso de desmantelamiento, se guardan en depósitos centralizados distribuidos a lo largo del país bajo la custodia de la 12ª Dirección Principal que tiene asignadas las misiones de su almacenamiento, transporte y protección (es la famosa 12ª GUMO). Otras 1.020 ojivas estarían en proceso de desmantelamiento, pero podrían ser activadas en muy breve plazo de tiempo en caso de crisis o conflicto. Es preciso llamar la atención sobre el último informe del Nuclear Notebook referente a Rusia donde se aumentó en un 17% el número de ojivas tácticas (317 más respecto al año anterior) sin que se hayan observado movimientos significativos en aquellos depósitos centralizados. Pero, como informa que el arsenal nuclear ruso disminuyó en 39 ojivas, para que los números cuadren procedieron a restar 226 ojivas de la triada estratégica y otras 130 de la parte de las ojivas en desmantelamiento, que también se guardan en dichos depósitos centralizados. Este cambio en el conteo incoherente y que se antoja arbitrario tiene que ver con las presiones “informativas” de las agencias de inteligencia estadounidenses que afirman regularmente que el arsenal de armas nucleares tácticas de Rusia está entre 1.000 y 2.000, es decir, nada menos que un 100% de margen de diferencia. Entonces, de forma injustificada se determinan científicamente cambios en la estructura del arsenal nuclear ruso, potenciando el peso de la triada táctica al calor de la guerra en Ucrania -el profesor Cristopher Postol, del MIT, ha formulado críticas más autorizadas sobre valoraciones recientes realizadas por el Boletín de los Científicos Atómicos para el caso de Irán, mayo de 2026-. En segundo lugar, los Estados Unidos cuentan con 5.042 ojivas nucleares: 3.500 estratégicas (en la Fuerza Aérea y la Marina), 200 tácticas (Fuerza Aérea) y 1.342 en desmantelamiento. Estos números ponen de manifiesto las diferencias en la estructura de las fuerzas de disuasión nuclear de Rusia y de Estados Unidos, donde las armas tácticas desempeñan un papel simbólico y, además, la mayor parte, de ellas están desplegadas en Europa a disposición de las fuerzas de la OTAN en caso de conflicto. En tercer lugar, China cuenta con 620 ojivas nucleares, de las que 600 estarían en servicio y 20 almacenadas, es decir, 8,73 veces menos que Rusia y 8,13 veces menos que Estados Unidos, pero los responsables de Washington no hacen más que espolear el miedo a la paridad nuclear china -véanse las entradas DE VUELTAS CON EL ARSENAL NUCLEAR DE CHINA: CUANDO LAS INVENCIONES RAYAN EL DISPARATE, de febrero de 2020; ¡QUÉ VIENEN LOS CHINOS! OTRO EJEMPLO DE LA FÁBULA DE PEDRO Y EL LOBO, de abril de 2020; y ARSENALES NUCLEARES DE LAS GRANDES POTENCIAS EN 2023: ENTRE LA AMENAZA NUCLEAR RUSO-AMERICANA Y LAS FALACIAS SOBRE CHINA, de junio de 2023-. Además, hay que tener en cuenta que la doctrina de empleo de armas nucleares china se basa en los principios de autosuficiencia y no primer uso (NFU en inglés), de modo que no emplearían armas nucleares salvo que fueran atacados con ellas, algo que nunca han declarado los Estados Unidos ni la OTAN. Esta doctrina de bajo perfil nuclear justifica que las ojivas estén guardadas en depósitos regionales a lo largo del país y cuyo uso solo puede ser autorizado por la Comisión Militar Central, aunque el proceso de centralización del poder en la cúspide que acometió Xi Jinping a partir de 2013 haya hecho que sea una decisión de su competencia, como ocurre con sus pares ruso y estadounidense. Estas tres grandes potencias suman el 91% de las armas nucleares del mundo. El resto son pequeñas potencias nucleares que cuentan con arsenales testimoniales frente al poder avasallador de Rusia y los Estados Unidos: Francia (370) y Reino Unido (225) con estatuto legal reconocido por el Tratado de No Proliferación Nuclear de 1 de julio de 1968, e India (190), Pakistán (170), Israel (90) y Corea del Norte (60) como potencias nucleares de facto, sumando entre todas ellas 1.105 ojivas nucleares. De este modo, el total mundial asciende a 12.183 armas nucleares en 2026, lejos de los gigantescos niveles de la Guerra Fría, cuando se superaron las 60.000, pero suficientes como para convertir cualquier conflicto en un desastre como no ha conocido la historia antes. ¿Qué es lo que determina que no se hayan empleado desde la aberración cometida en Hiroshima y Nagasaki? Pues una mezcla de cordura y cálculo racional de coste y beneficio en caso de conflicto por aplicación de la estrategia de la destrucción mutua asegurada (MAD, que paradójicamente también significa loco en inglés). A pesar de que ha habido propuestas, intentos y apelaciones a su empleo, las más recientes se han dado en el contexto de la guerra de Ucrania, los que pueden tomar esas decisiones mantienen la racionalidad y mientras eso sea así estaremos a salvo. Lo que no nos salvará son las apelaciones a emprender guerras que de ninguna manera se pueden ganar

East Meets West: “Warlock”.


«LOS FUNDAMENTOS DEL DERECHO DE VETO EN EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ONU Y SU VIGENCIA ACTUAL»

Es el título del documento de análisis más reciente que he publicado en el Instituto Español de Estudios Estratégicos (IEEE) y que forma parte de la línea de investigación principal sobre teoría del conflicto y la guerra nuclear que desarrollo en dicho centro. En los últimos documentos nos hemos centrado en analizar el marco jurídico que mantiene la vigencia del régimen de seguridad mundial, cada vez de forma más precaria y que está llegando a su fin. En este ensayo planteamos cómo en 1945 las tres grandes potencias vencedoras de la Segunda Guerra Mundial, es decir, los Estados Unidos, Gran Bretaña y la Unión Soviética, acordaron la creación de una nueva organización internacional destinada a salvaguardar la paz y la seguridad mundiales, que se concretó en las Naciones Unidas (ONU), el gran sueño del presidente estadounidense Franklin Roosevelt hasta su fallecimiento en las postrimerías del conflicto mundial. Para ello, los Tres Grandes (el propio Rooesevelt, Winston Churchill y José Stalin) establecieron las bases de un nuevo orden internacional regido por un Consejo de Seguridad en el que ellos y solo ellos tendrían derecho de veto en los principales asuntos y que por su decisión ostentaría el monopolio del uso de la fuerza en las relaciones internacionales. Ellos mismos reconocieron ese derecho también a China y Francia, que en aquel momento eran dos potencias débiles sometidas a gobiernos militares y con representación internacional discutida. Hay que tener en cuenta que la ONU y las armas atómicas nacieron de la mano, prácticamente al mismo tiempo, de modo que se juntaron los monopolios del uso de la fuerza y de la posesión de armas nucleares. Este es el fundamento del régimen de no proliferación nuclear aprobado en 1968 en el que los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad (denominados usualmente P-5) se convirtieron en los únicos poseedores legales de armas nucleares, mientras que el resto de países quedaban obligados a permanecer desnuclearizados. Esa es la superestructura del régimen de seguridad mundial que ha funcionado durante ochenta y un años cumpliendo su cometido, porque ha evitado una guerra de proporciones catastróficas, es decir, entre grandes potencias. En consecuencia, cuando se pide la reforma del Consejo de Seguridad de la ONU o incluso se apela a su supresión, no solo se desconoce la realidad de la distribución del poder mundial, que descansa siempre sobre aquellas, sino que su pérdida señalará el inicio del próximo choque global. Por tanto, cuando se plantean medidas coercitivas contra China o Rusia, ¿realmente se es consciente de las consecuencias de lo que se está proponiendo?, ¿se piensa acaso que tanto chinos como rusos estarán dispuestos a hincar la rodilla simplemente porque su actuación contradice determinados enfoques político-estratégicos en Occidente? El realismo enseña y las relaciones internacionales demuestran hasta la saciedad que los Estados conducen su política exterior conforme a su propio interés (Morgenthau dixit), lo que se ve exacerbado en el caso de las grandes potencias, y entonces se habla de intereses de seguridad. Esto es lo que se plasmó en los acuerdos de las conferencias de Yalta y Potsdam en 1945, que establecieron las bases del régimen actual, pero que también determinará la creación de un nuevo régimen al término de la etapa de transición actual -véase la entrada -«LA TRANSICIÓN DE UNA HEGEMONÍA IMPERFECTA A UN SISTEMA MULTIPOLAR INESTABLE», marzo de 2024-. Cuando se produzca, las grandes potencias que resulten vencedoras (desconocemos quiénes se alzarán definitivamente con el poder mundial) impondrán un nuevo orden jurídico internacional que responderá a sus propios intereses, pero que, en su estructura y aplicación, beneficiará a todos, porque su objeto es mantener la paz y la seguridad durante un largo período de tiempo. Por exponer estas tesis, el ensayo se estructura en una introducción, donde se explica y justifica el tema y se enuncia la teoría que sostiene las tesis que se apuntan, porque ese debe ser el compromiso fundamental del investigador. A continuación el tema se desarrolla en tres epígrafes donde se analizan el origen del derecho de veto en el marco de los Acuerdos de Yalta, el funcionamiento del Consejo de Seguridad de la ONU, que reúne el directorio mundial y por tanto es inamovible, intocable y soberano, así como la situación actual dominada por potencias depredadoras (Stephen Walt) en la etapa de la violencia absoluta -véase «LA DEROGACIÓN DEFINITIVA DE LA PROHIBICIÓN DEL USO DE LA FUERZA EN LAS RELACIONES INTERNACIONALES», marzo de 2026-. Como se expresa en las conclusiones este es el último paso antes del cambio de régimen, que tampoco sabemos de antemano cómo se producirá, bien después de nueva gran guerra (aquel enfrentamiento decisivo) o bien como resultado de un acuerdo general (es la excepción a la regla anterior), en el que se decidirá la reconfiguración de la estructura mundial, adaptándose a una nueva distribución del poder establecida.  

Referencia bibliográfica completa: Pérez Gil, L.: «Los fundamentos del derecho de veto en el Consejo de Seguridad de la ONU y su vigencia actual», Documento de Análisis IEEE núm. 51/2026. Disponible en: https://www.defensa.gob.es/documents/2073105/4098013/ieee-2026-veto-consejo-seguridad-onu-articulo-analisis-51.pdf/ 

Versión en inglés: Pérez Gil. L. “The basis of the veto power in the UN Security Council and its current validity”, Analysis Paper IEEE 51/2026. In: https://www.defensa.gob.es/documents/2073105/4098013/ieee-2026-veto-security-council-un-article-analysis-51.pdf/   

Francesco Tristano: “Toccata”.